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miércoles, 19 de septiembre de 2007

Solicitud Ayuda Ley de Dependencia: Madrid

  • Solicitudes para valorar la situación de dependencia;
  • ubicación de las entidades para cada comunidad donde se pueden realizar los trámites correspondientes;
  • Información general para aprovechar las ayudas que brinda la Ley de Dependencia.

Requisitos:
  1. Solicitud de impresos por Internet o en los servicios sociales de cada comunidad autónoma.
  2. Presentación de la misma en los servicios sociales de su comunidad autónoma.
  3. Evaluación por parte del equipo de valoración del grado de dependencia de la persona.
  4. Resolución.


Pasos a seguir:

  • Encontrarse en situación de dependencia en algunos de los grados establecidos.
  • Residir en el territorio español y haberlo hecho durante cinco años, de los cuales dos habrán de ser inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
  • Para los menores de 5 años el periodo de residencia se exigirá al que tenga la guarda y custodia.
  • Las personas que reuniendo los requisitos anteriores, no tengan la residencia española se acogerán a ley sobre derechos y libertades de los extranjeros en España.
  • Así mismo, el Gobierno podrá establecer medidas de protección en favor de los españoles no residentes en España.

ENLACES:

Datos de Contacto

Organismo: Dirección General de Coordinación de la Dependencia

Dirección: C/ Espartinas, 10

Población: 28001 Madrid (Madrid)

Comunidad Autónoma: Madrid

Teléfono: 914208686

Fuente: infoelder.com

2 comentarios:

Marcos Sanchez Garcia dijo...

Desde el mes de noviembre que solicite atencion en la ley de depencia para mi madre de 94 años infartada, con demencia senil, con alzheimer con perdida aguda cognitiva y con sindrome de munchausen. No tiene medios economicos y esta en el abandono administrativo mas desesperante. ¿Tendre que esperar a que muera, para que me justifiquen algo las autoridades correspondientes?

Marcos Sanchez Garcia dijo...

Desde el mes de noviembre que solicite atencion en la ley de depencia para mi madre de 94 años infartada, con demencia senil, con alzheimer con perdida aguda cognitiva y con sindrome de munchausen. No tiene medios economicos y esta en el abandono administrativo mas desesperante. ¿Tendre que esperar a que muera, para que me justifiquen algo las autoridades correspondientes?

 

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